El seguro de vida es una herramienta financiera esencial que brinda protección y seguridad a…

Los límites del seguro de comunidad
Un seguro de comunidad proporciona tranquilidad a los propietarios ante siniestros fortuitos o imprevisibles. Aunque no es obligatorio en todas las comunidades autónomas, contratar uno es lo más recomendable para todos. De hecho, muchas comunidades de propietarios a lo largo de todo el país han suscrito uno. Así, uno de los problemas habituales que surge ante un siniestro es qué hacer si la aseguradora no se hace cargo de este cuando esa cobertura está incluida y en el caso de que no lo esté.
La aseguradora no se hace cargo de un siniestro en la comunidad de propietarios
Ante un siniestro, lo primero que se debe hacer es consultar la póliza contratada y comprobar que esté incluido entre las coberturas suscritas. Si lo está, pueden ocurrir dos situaciones adversas.
La primera de ellas es que las indemnizaciones que considere la compañía proporcionar estén muy por debajo del daño ocasionado y sean insuficientes para la reparación o, directamente, que rechace hacerse cargo de los daños.
Ante estas situaciones, los responsables de la comunidad de propietarios, sin dilación, deben comunicar a la compañía, de manera oficial, su desacuerdo con la resolución de la compañía o con las cantidades de las indemnizaciones. Por otro lado, deben solicitar al seguro la revocación de la negativa a hacerse cargo o una revisión al alza de las cuantías de los abonos.
En el caso de que la compañía ignore esas peticiones, lo mejor es contar con un abogado especializado en seguros. Él intentará llegar a un acuerdo amistoso entre las partes y, si la aseguradora no se presta, iniciará una reclamación por vía judicial.
El siniestro no está incluido en la póliza suscrita
A la hora de contratar un seguro, tan importante como saber qué coberturas se suscriben, lo es conocer las exclusiones. Esto es crucial porque, de todos los siniestros que sucedan y no estén cubiertos por la póliza, serán los propietarios los que deberán responder económicamente.
En algunas comunidades autónomas, exigen un seguro de responsabilidad civil para cubrir daños a terceros y riesgos de incendios. Sin embargo, existen muchas otras opciones que se pueden incorporar y proporcionan tranquilidad a los propietarios. Entre ellas:
- Asistencia en el edificio. Es un servicio de reparación urgente de fontanería, cerrajería, cristalería, electricidad, etc.
- Estética exterior. Cubre los siniestros que ocasionen un daño en la fachada que le haga perder su estética.
- Accidentes de personal laboral. Esto es fundamental si se tiene contratado un servicio de limpieza o de portería.
- Daños en vehículos estacionados en el garaje de la comunidad.
- Atascos en las conducciones comunitarias.
- Asistencia jurídica.
En definitiva, lo exijan o no las leyes, contar con un buen seguro de comunidad con amplias coberturas soluciona muchos problemas y quebraderos de cabeza a los propietarios a pesar de la mala praxis de algunas compañías.
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